dimecres, 23 de febrer del 2011

El secreto profesional en los abogados de empresa.



Resulta que el Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea, que cada vez manda más, ha dictado una nueva sentencia por la que reitera su jurisprudencia según la cual considera suboordinada la confindencialidad de las comunicaciones abogado/cliente a dos requisitos a saber:
  1. Que las comunicaciones se refieran a derechos de la defensa del cliente.
  2. Que se trate de abogados independientes, es decir sin vinculo laboral con la empresa.
Esto en la práctica supone que los abogados "in house" o de empresa pierden el derecho al secreto profesional y ya hay voces que anuncian que saldrá más a cuenta a las empresas externalizar sus servicios en despachos "aparentemente independientes" donde agrupar a sus abogados de empresa, que de este modo si podrán mantener el derecho al secreto profesional.

Todo esto viene a cuenta por la sentencia del caso Akzo Chemicals Ltd donde se pretendía no entregar al juez ciertos emails enviados entre el director general y uno de sus abogados de empresa, en los que presumiblemente se contenían pruebas de prácticas de competencia desleal.