dimecres, 26 de maig del 2010

Subvenciones LIFE de la UE: convocatoria 2010


Según aparece publicado en el BOE del pasado 19 de mayo se abre la convocatoria 2010 para el programa LIFE cuyo plazo de admisión de solicitudes finaliza el día 1 de Septiembre.

Este programa de ayudas esta destinado para financiar actuaciones de preservación de la naturaleza y biodiversidad y consiste en una subvención a fondo perdido del 50% de los gastos acreditados del proyecto. De interés para empresas que esten en el sector de medio ambiente, químicas fabricantes o distibuidoras de plagicidas, tratamientos de agua, tratamientos contra el ruido ambiental, etc.

El presupuesto total destinado a España para el año 2010 es de 26.079.259 euros y se desglosa en 3 líneas de actuación:
Proyectos LIFE+ Naturaleza y Biodiversidad.

Proyectos LIFE+ Política y Gobernanza Medioambientales.

Proyectos LIFE+ Información y Comunicación.

Para más información visitar la página de la Comisión Europea http://ec.europa.eu/environment/life/funding/lifeplus.htm
o la de nuestro Ministerio de Medio Ambiente http://www.ayudas.net/fomento

dijous, 6 de maig del 2010


Ja ha entrat en vigor la Llei 13/2009

La Llei 13/2009 de reforma de l'oficina judicial i la Llei Orgànica 1/2009, les dues de 3 de novembre de 2009, han modificat fins casi 20 llei processals, entre elles la LEC 1/2009 i la Llei d’enjudiciament criminal. La entrada en vigor s'ha produit aquesta setmana en concret el dia 4 de maig de 2010.

Ja en varem fer referencia al seu contingut en el moment de la seva publicació. Podeu veure l'entrada del blog de data 5 de novembre de 2009.


dimarts, 4 de maig del 2010

Descuentos indebidos por adelantar el pago de la incapacidad temporal

El próximo 24 de mayo de 2010 entra en vigor el nuevo procedimiento establecido por la Secretaría de Estado de Seguridad Social relativo al control de los descuentos sobre cotizaciones que hacen las empresas por adelantar el pago de la Incapacidad Temporal.
A diferencia del procedimiento anterior, este nuevo control comportará que las reclamaciones por compensaciones indebidas serán requeridas mediante reclamaciones de deuda de la propia Administración de la Seguridad Social a las empresas, debiendo ser abonadas en el plazo establecido en las mismas, apareciendo en caso contrario como deudoras de la Seguridad Social.
Estos supuestos, hasta ahora, se solucionaban directamente con la Mutua correspondiente, sin que ello comportara la aparición de deuda en el corriente de pago de Seguridad Social.
Con esta Resolución, Seguridad Social impone un mayor rigor en el control de las incapacidades temporales.

Modificaciones en la comunicación de centros de trabajo, hincapié en obras de construcción

Mediante la Orden TIN/1071/2010, de 27 de abril, publicada el pasado sábado 1 de mayo en el Boletín Oficial del Estado, se ha modificado el formato del instrumento de comunicación ante la Autoridad Laboral, de apertura o reanudación de actividades en los centros de trabajo.
Lo más destacado de esta orden son las modificaciones que contiene en relación con las comunicaciones de apertura o reanudación de actividad en los centros de trabajo de las obras de construcción.
En relación con este punto, debido a la unificación del aviso previo al inicio de obra del promotor y la comunicación de apertura o reanudación de actividad del contratista, a partir del 2 de mayo de 2010, se hace más evidente la eliminación del plazo de 30 días desde el inicio de la actividad para comunicar la apertura o reanudación, prevista tras la modificación introducida por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, por realizarse ambas en un mismo documento, comunicado previamente al incio de la obra.
Las modificaciones de contenido y formato previstas por la orden implican que, todas las obras de construcción iniciadas o bien reanudadas entre el 24 de marzo y el 2 de mayo de 2010, día que entró en vigor la presente orden, hayan de actualizar la comunicación de apertura o reanudación antes del 15 de junio en base al formato previsto en el Anexo A y B, o en su caso B, de la presente normativa, exponiendo la citada comunicación y las futuras en lugar visible dentro de las respectivas instalaciones, manteniéndose permanentemente actualizada.

dilluns, 3 de maig del 2010

RDLey 6/2010 de 9 de Abril de Medidas para el impulso de la recuperación económica


El pasado día 14 de Abril entro en vigor esta norma que contiene, entre otras las siguientes novedades destacables:

  • IRPF:
  1. - Se incorpora una nueva deducción del 10% por obras de mejora en la vivienda habitual por cantidades a pagar entre 14-04-2010 y 31-12-2012, con el límite de base máxima de 4.000 €.
  2. Exención para cantidades pagadas a empresas de servicio público colectivo de viajeros entre el lugar de residencia y el lugar de trabajo con límite de 1.500 € (pendiente desarrollo reglamentario).
  • IVA:
  1. Se modifica el concepto de entrega de bienes para supuestos de ejecuciones de obra, el coste de los materiales admisible pasa del 20% al 33%.
  2. Se amplia el concepto de rehabilitación de edificaciones, incorporándose un listado de obras consideradas de rehabilitación. Aplicable a entregas posteriores a 14-04-2010 con independencia de que se hayan realizado pagos anticipados con anterioridad.
  3. Se amplia la aplicación del tipo reducido del 7% para obras en viviendas.
  4. Se simplifican los requisitos para la modificación de la base imponible del IVA en créditos incobrables: en el sentido de que se reduce de 1 año a 6 meses el período que ha de haber transcurrido desde el impago (excepto para grandes empresas que se mantiene de 1 año), y se admitirá el requerimiento notarial como alternativa a la reclamación judicial.
  5. Se aplicará el tipo superreducido del 4% a servicios de dependencia.
  • IMPUESTO DE SOCIEDADES:
  1. Se amplia la libertad de amortización por mantenimiento de empleo a los ejercicios 2011 y 2012.
  2. Se suprimen las obligaciones de documentación de las operaciones vinculadas para ciertas PYMES y autónomos: en concreto en empresas de menos de 8 millones de euros de cifra de negocio que tengan operaciones vinculadas inferiores a 100.000 € en total (según valor de mercado).
  3. Se reducirán las obligaciones de documentación en operaciones vinculadas de PYMES:  el Gobierno se compromete en el plazo de 3 meses a iniciar la modificación de la norma cuando sean operaciones nacionales y de poco importe.......("A buenas horas mangas verdes" cuando la declaración del impuesto de sociedades esta a la vuelta de la esquina y la norma  que el Gobierno aprobó en su despropósito es aplicable desde 19 de febrero de 2009.... sin comentarios).