dimecres, 29 de febrer del 2012

Línea ICO Internacionalización 2012

La línea ICO Internacionalización 2012 ofrece préstamos para empresas españolas que realizan inversiones en el exterior con largos plazos de amortización de hasta 12 años, con tipos de interés bonificados.

Está dirigida a autónomos, empresas y entidades públicas y privadas españolas incluyendo las domiciliadas en España y en el extranjero, siempre que cuenten con mayoría de capital social español.

Con esta línea se pueden financiar la compra de activos fijos productivos nuevos o de segunda mano (maquinaria, vehículos, equipo informático, mobiliario, inmuebles, adquisición empresas, etc.) la creación de empresas, e IVA o impuestos análogos siempre que se devengue en España y se liquide como soportado en España en la declaración del IVA a la Hacienda española. En el caso de creación de empresas en el extranjero se podrá financiar hasta un 20% del proyecto en liquidez.

El importe máximo que puede solicitarse a través de esta línea es de 10 millones de euros por cliente y año en una o varias operaciones. El plazo para devolver el préstamo se puede elegir entre 3, 5, 7, 10 y 12 años con o sin carencia.

dimecres, 15 de febrer del 2012

ACUERDO DE COLABORACION CON LA CAMARA DE COMERCIO E INDUSTRIA FRANCESA DE BARCELONA

Boil Fernández Geli Advocats ha suscrito un acuerdo con la Camara de comercio e industria francesa en Barcelona, de la que es miembro, por el cual proporcionará servicios juricos a sus asociados a precios ventajosos. Mas informacion en http://www.camarafrancesa.es/es/presentacion/nuestros-asociados/ventajas/acuerdos-corporativos.html

dilluns, 13 de febrer del 2012

REFORMA LABORAL. PRIMERES IMPRESIONS

De una primera lectura quisiera destacar por su importancia:
1.- Eliminación de los salarios de trámite en el supeuesto de que el empresario opte por el pago de la indemnización prevista para el despido improcedente. Los salarios de trámite quedaran solo para los casos en que sea preeptiva la readmisión (Nulidad del despido entre otras).
2.- Periodo de prueba de 1 año para el nuevo contrato de trabajo de fomento. Las ayudas quedan limitadas a un número menor de colectivos y de la literalidad de la norma, parace que se aplicarán como deducciones de caracter fiscal ( es decir en el Impuesto de sociedades o Renta).
3.- Eliminación de la Autorización administrativa para extinguir, suspender o reducir contratos de trabajo en los casos que hasta ahora estaba previsto. No obstante no existe una completa desregularización del tema, pudiendo llegar a paralizarse las medidas si se entabla demanda de conflicto colectivo.
4.- Modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo y descuelgue del convenio, de entrada interesantes en cuanto a su planteamiento por cuanto se concreta que se entiende por disminución de ingresos ( de 6 a 9 meses consecutivos).
5.- FOGASA. Se establece de nuevo solo su responsabilidad de pago directo para empresas de menos de 25 trabajadores.
Esto último junto con la eliminación de algunas bonificaciones existentes en la actualidad (reincorporación de madres en los dos años posteriores al parto) confirma que el estado anda escaso de liquidez ( no rebaja en cotizaciones sociales), si bién las reformas anteriores implicarán sin duda alguna un cambio sustantivo en las relaciones laborales.

Puede ponerse en contacto con nuestro área laboral para atender las dudas que se planteen en relación a esta importante reforma.

dilluns, 6 de febrer del 2012

DIVORCIO: USO DEL DOMICILIO FAMILIAR Y CUSTODIA COMPARTIDA DE LOS HIJOS



La Audiencia Provincial de Tarragona en su sentencia de 25-9-2011 asigna el uso del domicilio familiar a los padres por meses alternos, atribuyendo a ambos la custodia compartida de sus hijos (que serán los que residirán de forma permanente en la casa familiar). Los gastos de la vivienda que sean individualizables serán abonados por el progenitor que hay permanecido en el domicilio y los que no sean individualizables o de periodo superior al mes, se satisfarán por mitades