dimecres, 1 de març del 2017

RECLAMACION DE GASTOS DE FORMALIZACION DE LA HIPOTECA


El pasado 23 de diciembre de 2.015, el Tribunal supremo dictó sentencia por la que declaraba abusivas las clausulas con las que algunas entidades de crédito imponían a sus clientes el pago íntegro de los gastos de formalización de hipotecas.

Si viene es cierto que dicha Sentencia condena únicamente al Banco Popular y al BVA, cualquier entidad bancaria que haya hecho correo a sus clientes con los gastos mencionados podrá ser objeto de reclamación.

¿Que gastos podemos reclamar? Aquellos que se han producido como consecuencia de la formalización de la hipoteca (Facturas de Notaría, Facturas del Registro de la Propiedad, Impuesto sobre Actos jurídicos Documentados).

La forma de proceder para la reclamación es la siguiente, se deberá realizar una reclamación ante el Servicio de Atención al cliente del Banco o Entidad. Esta reclamación deberá realizarse por escrito y contener el mayor número posible de datos identificativos. La entidad de crédito tendrá un plazo máximo de dos meses para contestar.

Si trascurridos dos meses desde la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente la entidad no contestara o lo hiciera de forma negativa, habría que acudir a la vía judicial  para su reclamación.
El plazo para reclamar la restitución de las cantidades pagadas será hasta el 24/12/2019, siempre y cuando la hipoteca se encuentre vigente, o de haber sido abonada, que el pago total no se haya producido antes del 23/12/2011