dimarts, 21 de gener del 2014

INADMISION CON CARACTER GENERAL DE LAS SOLICITUDES DE APLAZAMIENTO DE RETENCIONES E INGRESOS A CUENTA.


El departamento de recaudación de la Agencia Tributaria  ha emitido la instrucción 6/2013 que clarifica la gestión de aplazamientos  y fraccionamientos de pago de retenciones e ingresos a cuenta y de deudores en situación de concurso de acreedores.
Dicha instrucción fija la inadmisión con carácter general, de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de retenciones e ingresos a cuenta. Esta inadmisión será motivada y permitirá la presentación de recurso de reposición o reclamación económico –administrativa.
 
Solo con carácter excepcional se prevé la posibilidad de concesión del aplazamiento cuando  de la solicitud y de la documentación aportada, debidamente acreditada con la  base de datos de la AEAT quede acreditado,   que la ejecución de su patrimonio pudiera:
·         afectar sustancialmente al mantenimiento de la capacidad productiva y el nivel de empleo de la actividad económica respectiva o,
·         producir grave quebranto para los intereses de la Hacienda Pública.
Debe acreditarse en el momento de presentar la solicitud.
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