dimecres, 16 de setembre del 2009

LA UE PROPONE UNA NUEVA NORMATIVA SOBRE LA MOROSIDAD DE LAS EMPRESAS (Propuesta Directiva Abril 2009)



¿Cuál es el problema de partida?• Las empresas y los poderes públicos no suelen pagar los bienes y los servicios de inmediato, sino en la fecha indicada en el contrato o la factura. Sin embargo, muchos pagos se realizan más tarde de lo acordado.
• Estos retrasos pueden provocar incertidumbre y problemas financieros a los proveedores, en especial si son pequeñas empresas.
• La normativa europea permite que las empresas exijan intereses cuando hay retrasos en el pago (excepto en los pagos de los consumidores).
• Muchas empresas consideran que esta normativa es insuficiente y, por eso, la Comisión propone una serie de cambios.

¿Qué va a cambiar?• Los poderes públicos tendrán que pagar en 30 días o bien abonar una indemnización fija del 5% del importe pagadero más intereses.
• La empresas podrán reclamar los intereses de demora y el reembolso de los costes de cobro.
• Se podrán reclamar intereses por pequeña que sea la cantidad (ya no se permitirá excluir las reclamaciones de intereses de menos de 5 euros).
El resto de la normativa europea contra la morosidad no cambia.
La nueva normativa es opcional para las empresas, que no están obligadas a aplicarla. Si lo desean, pueden alargar los plazos de pago en beneficio de sus clientes.
¿Cuándo podría entrar en vigor la propuesta?2010.