dimecres, 16 de setembre del 2009

ENTRADA EN VIGOR DEL PROCEDIMIENTO "MONITORIO EUROPEO" TRANSFRONTERIZO PARA DEUDAS INFERIORES A 2000 €


Reglamento (CE) n º 861/2007 Del Parlamento Europeo y del Consejo de julio 11 de 2007, se establece un asentamiento de europeos en las controversias de menor importancia.

RESUMEN
Establecido por el presente Reglamento, el procedimiento europeo de escasa cuantía destinada a mejorar el acceso a la justicia mediante la simplificación de los procedimientos de solución de litigios transfronterizos en materia civil y comercial y reducir sus costos. El importe de la reclamación no exceda de 2000 euros en el momento de la recepción de la solicitud por el órgano jurisdiccional competente, con exclusión de intereses, gastos y desembolsos. La decisión en ese procedimiento es reconocida y ejecutada en otros Estados miembros sin tener que hacer una declaración de ejecutoriedad. El procedimiento es opcional y, además de las oportunidades previstas por la legislación de los Estados miembros. Se aplica desde el 1 de enero de 2009 en todos los Estados miembros de la Unión Europea, excepto Dinamarca.