Desde el
pasado 5 de julio de 2018 el permiso por paternidad ha sido ampliado a cinco semanas, así, en los supuestos de
nacimiento de un hijo, adopción, guarda
con fines de adopción o acogimiento, el trabajador tendrá derecho a la
suspensión del contrato por paternidad durante cinco semanas,
ampliables en los supuestos de parto, adopción, guarda con fines de adopción o
acogimiento múltiples en dos días más por cada hijo a partir del segundo.
Como novedad, se
prevee la posibilidad que la última semana de este periodo pueda disfrutarse de
forma independiente dentro de los nueve meses siguientes a la fecha de nacimiento
del hijo . Es necesario para ello que exista acuerdo entre el empresario y el
trabajador y el acuerdo se adopte al inicio del permiso. Respecto a las otras
cuatro semanas sí que deben disfrutarse de forma ininterrumpida desde el
nacimiento o adopción.