dijous, 25 de novembre del 2010

PARO AUTÓNOMOS




Si no tiene cubiertas las contingencias profesionales y quiere acceder a la prestación por cese de actividad (paro autónomos) la Tesorería General de la Seguridad Social ha abierto un plazo excepcional de 3 meses, a contar desde el 7 de noviembre de 2010, para poder acceder a la cobertura de contingencias profesionales y a la prestación por cese de la actividad.

El hecho de tener cubierta dicha prestación supone que en caso de cesar la actividad de su negocio podrá disfrutar de un subsidio equivalente al 70% del promedio de las bases cotizadas, siendo su duración hasta un máximo de 12 meses.

Asimismo, para aquellos autónomos que tengan a día de hoy cubiertas las contingencias profesionales, a partir de este mes de noviembre empezarán a cotizar automáticamente para la cobertura de la prestación por cese de actividad, lo que supondrá un incremento en su base de cotización del 2,2% (porcentaje que establecerá anualmente la Ley de Presupuestos Generales del Estado), pero se aplicará una bonificación del 0,5% en la cobertura de contingencias comunes.

Por último, aquellos autónomos que solicitaron la cobertura de las contingencias profesionales con anterioridad al 30 de septiembre de 2010, a partir del 1 de enero de 2011 empezarán a cotizar tanto por éstas como por la prestación por cese de actividad.