dimecres, 2 de juliol del 2014

TASAS JUDICIALES EN CATALUNYA


Después de que el Tribunal Constitucional avalará la imposición de la tasa judicial aprobada en Catalunya y que había sido objeto de recurso, quedaba saber si está se volvería a aplicar, es decir si en los litigios que tuvieran lugar en Catalunya se debería pagar dos tasas (la estatal y la autonómica)
Finalmente, El Departamento catalán de Justicia no cobrará tasas judiciales a los ciudadanos y a las pequeñas empresas, según un acuerdo con representantes de los abogados y procuradores.
En consecuencia  la tasa catalana se aplicará en los ámbitos civil y contencioso administrativo (no en el ámbito penal y social) pero solo a personas jurídicas (exceptuando a las pequeñas empresas) El importe de esta tasa será de 60 a 120 euros.