Después de que el Tribunal
Constitucional avalará la imposición de la tasa judicial aprobada en Catalunya
y que había sido objeto de recurso, quedaba saber si está se volvería a
aplicar, es decir si en los litigios que tuvieran lugar en Catalunya se debería
pagar dos tasas (la estatal y la autonómica)
Finalmente, El Departamento catalán
de Justicia
no cobrará tasas
judiciales a los ciudadanos y a las pequeñas empresas,
según un acuerdo con representantes de los abogados y procuradores.
En consecuencia la tasa catalana se aplicará en los ámbitos
civil y contencioso administrativo (no en el ámbito penal y social) pero solo a personas jurídicas
(exceptuando a las pequeñas empresas) El importe de esta tasa será de 60 a 120
euros.