dimecres, 3 de març del 2010

SUBVENCIONS AL COMERÇ 2010- GENERALITAT DE CATALUNYA



El próxim 31 de Març de 2010 finalitza el termini per sol·licitar les diferents subvencions convocades aquest any i que detallem a continuació: 

Programa: reforç comercial

1. Línia supòsit general. Fins 20% cost amb un màxim de 6.000,- €

Venda al detall i de serveis que no estiguin inclosos dins l’àmbit d’actuació del

programa de consolidació comercial.

2. Línia supòsit específic. Fins 20% cost amb un màxim de 6.000,- €

Venda al detall en mercats municipals i mercats de venda no sedentària.

3. Línia supòsit especial. Fins 25% cost amb un màxim de 8.000,- €

Venda al detall i de serveis ubicats en municipis de menys de 5.000 habitants i

capitals de comarca de menys de 10.000 habitants.

• Màxim: 2 projectes per empresa

• Inversió mínima: 10.000 euros per projecte

• Quantia màxima per empresa en funció del tipus de supòsit

Programa: consolidació comercial

Obertura d’establiment. Fins 20% cost, màxim de 15.000,- €

Venda al detall i de serveis que estiguin inclosos dins l’àmbit d’actuació delimitat del programa de centres i eixos comercials a les poblacions de: Vilafranca del Penedès, Lleida, districte Sant Andreu de Barcelona, Figueres, Girona, Badalona, Igualada,Vic, Mataró, Terrassa.

• Màxim: 2 projectes per empresa

• Inversió mínima: 30.000 euros per projecte

• Fins un màxim de 25.000,- euros per empresa

Programa: competitivitat i innovació en tecnologia

Fins 50% cost, màxim de 25.000,- €

Venda al detall i de serveis amb un mínim de 8 establiments comercials o 35

treballadors. Agrupació d’empreses que desenvolupin un projecte conjunt a nivell

organitzatiu o de processos.

• Màxim: 1 projecte per empresa

• Fins un màxim de 25.000,- € per empresa
 
 

dijous, 25 de febrer del 2010

A vueltas con la Reforma de la Ley de Sociedades Anónimas. ¿UNA ACCION= UN VOTO?



Según publicaba ayer el Diario La Razón la Comisión de Economía del Congreso de los Diputados no votará hasta finales de marzo la enmienda para eliminar las limitaciones del derecho de voto en las empresas, que presentó el PSOE por sorpresa al proyecto de ley que modificará, entre otras, la ley de Sociedades Anónimas.

En estos momentos, el artículo 105 de la ley de Sociedades Anónimas permite a las empresas limitar estatutariamente los derechos de sus accionistas. Por ejemplo, accionistas con un 20% de títulos sólo tienen voz y voto sobre el 10% por el tope fijado por los estatutos de sus compañías.  Es decir una acción no tiene porque representar un voto.

Los detractores dicen que no hay Directiva de la Unión Europea que lo ampare,  en 2007 Bruselas decidió abandonar los esfuerzos que había promovido en 2003 para la redacción de una directiva que impusiera en la UE el principio de «una acción, un voto».  Esto sin duda favorece la permanencia y el blindaje de los adminstradores dentro de las compañías.

En fin, la entrada en vigor de esta enmienda se demorará unos meses, si es que, al final, se aprueba. Los grupos la votarán en la Comisión de Economía a finales de marzo, y en abril, pasará al Senado, que debatirá el proyecto de ley unos dos meses.

dimecres, 24 de febrer del 2010


PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD O DESEMPLEO DE LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS



Aunque de momento la creación de una prestación por cese de actividad o desempleo de los trabajadores autónomos sólo es un proyecto, si bien su creación está recogida expresamente en la Disposición Adicional Cuarta de la Ley 20/2007 del Estatuto del Trabajo Autónomo, con la intención de que en un futuro se pueda crear una prestación contributiva a favor de los trabajadores autónomo para hacer frente a las situaciones de cese de actividad dicho proyecto ya se está tramitando.



Así, el ministro de Trabajo e Inmigración, Celestino Corbacho, presentó el pasado 20 de noviembre al Consejo de Ministros el anteproyecto de Ley para su aprobación, que regula el sistema de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos, dando un importante paso en el cumplimiento del mandato contemplado en la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo. En estos momentos se encuentra en trámite parlamentario.


La protección está previsto que abarque desde los 2 a los 6 meses, en función del periodo cotizado, y su cuantía oscilará entre un mínimo de 583,00 euros y un máximo de 1.383,00 euros mensuales según las circunstancias personales. Tendrán derecho a la Protección por Cese de Actividad de los trabajadores autónomos que tengan protegida la cobertura por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. La duración de la protección estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese, de acuerdo a la siguiente escala:

• De doce a diecisiete meses de cotización, 2 meses de prestación
• De dieciocho a veintitrés meses de cotización, 3 meses de prestación
• De veinticuatro a veintinueve meses de cotizacion, 4 meses de prestación
• De treinta a treinta y cinco meses de cotización, 5 meses de prestación
• Treinta y seis o más meses de cotización, 6 meses de prestación


En los casos de trabajadores autónomos de entre 60 a 64 años, se incrementaría la duración de la prestación hasta los 9 meses.


Cada año, la Ley de Presupuestos Generales del Estado establecería el tipo de cotización que permita financiar la prestación de los trabajadores autónomos que cesen involuntariamente en su actividad.


NOVEDADES LABORALES 2010

Detallamos las principales novedades en materia laboral introducidas por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, la Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y el fomento del empleo y la protección de las personas desempleadas, así como por otras normas aprobadas en las últimas fechas. Como novedades más destacables tenemos:


Medidas dirigidas al mantenimiento del empleo


1- Bonificación del 50% de las cuotas empresariales a la Seguridad Social por contingencias comunes, devengadas por los trabajadores en situaciones de suspensión de contrato o reducción temporal de jornada que hayan sido autorizadas en expedientes de regulación de empleo, incluidas las suspensiones de contratos colectivas tramitadas de conformidad con la legislación concursal. La duración de la bonificación será coincidente con la situación de desempleo del trabajador, sin que en ningún caso pueda superar los 240 días por trabajador.



2- Los contratos de trabajo de carácter indefinido de los trabajadores de cincuenta y nueve o más años, con una antigüedad en la empresa de cuatro o más años, darán derecho a la reducción, a cargo de Presupuesto de la Seguridad Social, del 40% de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes, salvo por incapacidad temporal derivada de las mismas, sobre las cuotas devengadas desde la fecha de cumplimiento de los requisitos anteriormente señalados. Si, al cumplir cincuenta y nueve años, el trabajador no tuviere la antigüedad en la empresa de cuatro años, la reducción será aplicable a partir de la fecha en que alcance la citada antigüedad. La duración de la reducción de la aportación empresarial será de un año.



3- En los supuestos de cambio de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad profesional, se aplicará una reducción, a cargo del Presupuesto de la Seguridad Social, del 50% de la aportación empresarial en la cotización a la Seguridad Social por contingencias comunes.





Mejoras de la protección social de los trabajadores


1- Se mantiene para este año 2010, la reposición de la prestación por desempleo y la cotización a la Seguridad Social de los trabajadores a los que se les haya suspendido su contrato de trabajo o reducido su jornada por un expediente de regulación de empleo y, posteriormente, se les extinga o suspenda el contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Los trabajadores afectados tendrán derecho a la reposición de la duración de la prestación por desempleo de nivel contributivo por el mismo número de días que hubieran percibido el desempleo total o parcial en virtud de aquellas autorizaciones con un límite máximo de 120 días, siempre que se cumplan las siguientes condiciones:

a) Que las resoluciones administrativas o judiciales que autoricen las suspensiones o reducciones de jornada se hayan producido entre el 1 de octubre de 2008 y el 31 de diciembre de 2010, ambos inclusive;
b) Que el despido o la resolución administrativa o judicial que autorice la extinción se produzca entre el 8 de marzo de 2009 y el 31 de diciembre de 2012.


Medidas de Fomento del Empleo


1- Bonificación a las empresas que contraten indefinidamente, hasta el 31 de diciembre de 2010, a trabajadores desempleados beneficiarios de prestaciones o subsidios por desempleo o de la Renta Activa de Inserción. En estos casos, la empresa tendrá derecho a una bonificación del 100% en la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes hasta que la cuantía de la bonificación alcance un importe equivalente a la cuantía bruta de la prestación, subsidio o Renta Activa de Inserción que tuviera pendiente de percibir en la fecha de inicio de la relación laboral, sin que en ningún caso la bonificación pueda superar los tres años de duración.
El empresario habrá de mantener la estabilidad en el trabajo al menos un año de de el inicio de la relación laboral



2- Los trabajadores autónomos que, en razón de su trabajo por cuenta ajena desarrollado simultáneamente, coticen, respecto de las contingencias comunes, en régimen de pluriactividad y lo hayan hecho en el año 2010, teniendo en cuenta tanto las aportaciones empresariales como las correspondientes al trabajador en el Régimen General, así como las efectuadas en el Régimen Especial, por una cuantía igual o superior a 10.752 euros, tendrán derecho a una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones superen la mencionada cuantía, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el citado Régimen Especial, en razón de su cotización por las contingencias comunes de cobertura obligatoria. La devolución deberá instarse por el interesado en los cuatro primeros meses del ejercicio siguiente.



3- Se mantiene la aplicación de dos medidas dirigidas al impulso de los contratos indefinidos a tiempo parcial, así como de los contratos temporales a tiempo parcial de determinados colectivos de difícil empleabilidad:
- Se incluye entre los trabajadores cuya contratación puede dar lugar a bonificación, si está incluido entre los colectivos regulados en el programa de fomento de empleo, al demandante de mejor empleo que, siendo trabajador a tiempo parcial con una jornada inferior a un tercio de la jornada a tiempo completo, es contratado en otra empresa
- Se mantiene el incentivo para los contratos a tiempo parcial de tal manera que la bonificación resultará de aplicar a las cantidades previstas en cada caso, un porcentaje igual al de la jornada pactada en el contrato al que se le sumarán 30 puntos porcentuales, sin que en ningún caso pueda superar el 100% de la cuantía prevista.


Impulsar la empleabilidad de trabajadores discapacitados


1-Se mantienen las medidas para los trabajadores con discapacidad, contratados por un centro especial de empleo, mediante un contrato indefinido o temporal, incluidos los contratos formativos, que se aplicarán las bonificaciones del 100% de la cuota empresarial a la Seguridad Social, incluidas las de accidentes de trabajo y enfermedad profesional y las cuotas de recaudación conjunta. La misma bonificación se disfrutará por los centros especiales de empleo en el supuesto de transformación en indefinidos de los contratos temporales de fomento de empleo de personas con discapacidad o de transformación en indefinidos de los contratos de duración determinada o temporales, incluidos los formativos suscritos con trabajadores con discapacidad.


Medidas en materia tributaria


1- Se introduce una modificación en la deducción máxima de 400 euros anuales por obtención de rendimientos de trabajo y de actividades económicas con efectos des de 01 de enero de 2010.
Los contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 12.000 euros anules que obtengan rendimientos del trabajo o rendimientos de actividades económicas se deducirán la siguiente cuantía:
- a) cuando la base imponible sea igual o inferior a 8.000 euros anuales: 400 euros anuales
- b)uando la base imponible esté comprendida entre 8.000,01 y 12.000 euros anuales: 400 euros menos el resultado de multiplicar por 0,1 la diferencia entre la base imponible y 8.000 euros anuales.


2- Se mantiene la posibilidad para aquellos trabajadores que obtengan rentas por rendimientos de trabajo inferiores a 33.007,02.-€ anuales y destinen cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual utilizando financiación ajena, por las que vaya a tener derecho a la deducción por inversión en vivienda habitual, si lo comunican al empleador podrán ver reducido su tipo de retención en dos puntos.

No obstante, el tipo de retención, no podrá ser inferior al 2% en los contratos o relaciones de duración inferior al año, ni inferior al 15% cuando los rendimientos de trabajo se deriven de relaciones laborales especiales de carácter dependiente.
Por último, el empleador/pagador tiene la obligación de conservar, junto con la comunicación de la situación personal y familiar, el comunicado conforme el trabajador está destinando cantidades para la adquisición o rehabilitación de su vivienda habitual; así como, los documentos aportados por el contribuyente para justificar la situación personal y familiar.

AYUDAS ECONÓMICAS PARA INVERTIR EN MAQUINARIA QUE MEJORE LAS CONDICIONES DE TRABAJO



El pasado 9 de febrero de 2010 fue publicado en el Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya la ORDEN TRE/45/2010, de 27 de enero, por la que se aprueba las bases reguladoras que tiene que regir el sistema de ayudas económicas para dar apoyo a la inversión en maquinaria y equipos que mejoren las condiciones de trabajo, y se abre la convocatoria para el año 2010.


El objeto de la subvención son las inversiones realizadas para la adquisición de nueva maquinaria o adaptación de la ya existente para llegar a reducir o eliminar los riesgos laborales, y asimismo, suponer una mejora de las condiciones de trabajo exigibles legalmente a las empresas con centros de trabajo en Cataluña, que se hayan producido desde el 1 de septiembre de 2009, y que en el momento de cursar la solicitud estén ya realizadas y pagadas.



Concretamente, los riesgos que se pretenden reducir o eliminar son aquellos encuadrados en los sobreesfuerzos físicos sobre el sistema musculoesquelético; aplastamientos resultado de una caída; contactos con agentes materiales cortantes, punzantes, duros, rugosos, atrapamientos y choques y golpes contra objetos.


Los beneficiarios son empresas de menos de 50 trabajadores establecidas en Cataluña y que tengan asociado al código de cuenta de cotización principal de la Seguridad Social las divisiones de la Clasificación catalana de actividades económicas (CCAE). Quedan excluidas las empresas de nueva creación.


El importe de la subvención será de hasta un máximo de un 20% de la inversión sin que el mismo exceda de 45.000.-€.

El plazo para presentar las solicitudes finaliza el próximo 30 de abril de 2010.

divendres, 19 de febrer del 2010

SE INCREMENTA LA PRESION A LOS INSPECTORES DE HACIENDA


Por aquello de que "Hacienda somos todos",  aunque unos más que otros,  la AEAT se esta dedicando a presionar a sus inspectores para que salgan a la calle con un afán recaudador mayor, si es posible. Se nota que estamos en crisis.  Por ello hoy publican los distintos medios de prensa que la Organización de Inspectores de Hacienda del Estado denunció ayer la "excesiva" presión que reciben por parte de los directivos de la Agencia Tributaria para incrementar la recaudación por vía de sanciones.

No hay que olvidar que para acceder al bonus de productividad, los inspectores "deberán obtener mayor deuda e imponer mayores sanciones" a los contribuyentes. Un 20% del salario de los inspectores depende de los bonus por productividad, que están ligados al número de actas de liquidación. Ello, denuncian los inspectores, supone una presión para concluir cuanto "antes los expedientes y tratar de obtener la mayor deuda posible". Dicho de otra forma, los inspectores ganan más dinero en la medida que denuncien a más empresas. "Si cito a diez contribuyentes tendré que obtener recaudación en nueve de ellos para cumplir con los objetivos", denuncia el portavoz de la organización.

Lo dicho que esta crisis nos va a salir muy cara a todos, y a  unos más que a otros.

Se aprueba proyecto de Ley por el que se incorporan dos directivas comunitarias relativas al IVA, Impuestos Especiales e Impuesto sobre la Renta de No residentes.

Entre las novedades, destacar la introducción de nueva regla general de localización de los servicios transfronterizos, que supone la tributación de los mismos por IVA en el Estado de destino en los casos en los que el destinatario sea un empresario o un profesional, mientras que, hasta ahora, la regla general era la tributación en origen.  Es decir BOIL FERNANDEZ GELI pasaría a tributar el IVA en el país de destino en los casos en que trabajamos para clientes europeos (portugueses, belgas, franceses, alemanes, etc) y no en España como hasta ahora.

También incluye la exención la las as aerolíneas españolas estarán exentas del pago del IVA en el alquiler de aviones para vuelos internacionales para equiparlas a las europeas.

Quedamos a la espera de la aprobación definitva de la ley.

dijous, 18 de febrer del 2010

NOVEDADES FISCALES 2010






Detallamos las principales novedades en materia tributaria introducidas por la Ley 26/2009, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, así como por otras normas aprobadas en las últimas fechas.Como novedades más destacables tenemos:


IRPF

  • Nuevos porcentajes de retención e ingreso a cuenta.
  • Se limita la deducción de 400 € para la obtención de rendimientos del trabajo o rendimientos de actividades económicas.
  • Aplicación de una rebaja general del 5% en los módulos.

IMPUESTO DE SOCIEDADES

  • Tipo de gravamen reducido para mantenimiento o creación de empleo.

IVA

  • Nuevos tipos impositivos (Efectos desde 1 de julio 2010). Tipo impositivo general 18%. Tipo impositivo reducido 8%.
  • Se pospone hasta el 2012 el cumplimiento de la obligación de informar sobre las operaciones incluidas en los libros registro del IVA (modelo 340).

IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES.

  • Reducciones personales aplicables a la base imponible.
  • Reducciones para personas mayores.
  • Reducciones por adquisición de vivienda habitual.

dimecres, 17 de febrer del 2010

PRESTECS ALS ATURATS PER FER FORMACIO


El DOGC del passat 10/02/2010 publicaba la obertura de convocatoria per la concessió de prestecs en condicions preferents, per tal de que les persones en situació d'atur puguin fer formació de la seva elecció.

Els imports dels prestecs van desde 1.000,00.-€ fins a un màxim de 6.000,00.-€, amb uns plaços d'amortització que poden arribar als 6 anys i un tipus d'interés del 0%.

L'ingrés del prestec es fa directament a l'entitat que ha d'impartir la formació.


Sense cap dubte és una bona mesura per tal d'incentivar el tant desitjat canvi de model productiu, i que a més corresponsabilitza al beneficiari de l'ajut. També és una bona noticia per les empreses del sector de la formació.

divendres, 12 de febrer del 2010

ES PODRAN FER SERVIR LES OFICINES DE LA AGENCIA TIBUTARIA CATALANA PER TRAMITS DE IRPF




Segons publica avui la edició digital de "El Perióidico" els contribuents catalans ja poden utilitzar una xarxa de 88 oficines (més del doble que fins ara) per realitzar tota mena de tràmits relacionats amb l’impost sobre la renda de les persones físiques (IRPF), amb independència de si són de l’Agència Tributària (AEAT) o de l’Agència Tributària de Catalunya (ATC). Des de confirmar l’esborrany de la declaració de la renda fins a plantejar un recurs.

Aquest és l’efecte més palpable de la finestreta tributària única, la primera entre la Hisenda central i una autonomia, que es va presentar ahir a Barcelona. L’ATC sumarà les seves 53 oficines a les 35 de l’AEAT.
 
Per més informació consulteu la web de la ATC: http://www.atc.gencat.cat/web/guest/home

dijous, 11 de febrer del 2010

EL CONGRESO APRUEBA UNA PROPOSICION DE LEY PARA CAMBIAR EL CRITERIO DEL DEVENGO DEL IVA

Según publica la edición digital del periódico 5 Días del pasado día 9, el Congreso aprobó por unanimidad tramitar una proposición de Ley del Partido Popular para modificar la norma que regula el IVA que busca que las pymes y autónomos no tengan que tributar por las facturas no cobradas, cambiando el criterio de devengo por el de caja a la hora de calcular el impuesto, pese a las reticencias del PSOE, quien alertó de las complicaciones que podría suponer la modificación.

Curiosamente resulta que la modificación del IVA sólo puede hacerse en el marco de una Directiva europea, por lo que el Gobierno Español no tiene competencias para hacerlo sin la autorización de la UE, tal como manifesto el propio gobierno. Entonces  nos preguntamos ¿para que sirve  haber aprobado esta Proposición de Ley?

dimarts, 9 de febrer del 2010

NUEVO TRAMO ICF CREDIT PARA EMPRESAS QUE INVIERTAN EN CATALUNYA

Diguido a microempresas, pymes y autonomos que realizen inversiones en Catalunya, en activos fijos, incorpora como novedad para este año la posibilidad de atender necesidades de circulante complementarias.

Importe de la operación: Hasta el 100% del proyecto de inversión´+ un 20% complementario en caso de circulante.
Préstamo o leasing.
Euríbor + 1,75%.
Amortización y carencia: 3, 5, 7 o 10 años, con hasta  2 de carencia.
Sin comisiones.
Entidades que lo tramitan: La Caixa, Banc Sabadell, Banco Santander, BBVA, Caixa Catalunya, Banco Popular Español, Banesto, Caixa Tarragona, Caixa Manresa, Caixa Sabadell, Caixa Terrassa, Caixa Girona, Caixa Manlleu, Caixa Penedès, Caixa Laietana, Caja Madrid, Bancaja, CAM, Banco Pastor, Deutsche Bank, Banco Guipuzcoano, Bankinter, Barclays Bank, Lico Leasing, Bankpime.

dimecres, 3 de febrer del 2010

Anteproyecto de Ley de Economia Sostenible

A vueltas con nuestro  Anteproyecto de Ley de Economia Sostenible, y a raíz de la invitación recibida del CIDDRIM de asistencia a unas Jornadas al respecto el próximo día 8 de febrero, me he entretenido en repasar el citado Anteproyecto.

La parte que me parece más interesante, profesionalmente hablando, es el Capítulo I llamado SIMPLIFICACION ADMINISTRATIVA que tiene tres secciones en las que hay aspectos criticables y otros muy loables según mi punto de vista:

En la sección 1ª nos habla de "Medidas para agilizar y simplificar la constitución de sociedades" diciendo que se acortarán los costes (sin concretar) y lanzando la osada afirmación de que las sociedades de menos de 3.100 € de capital se constituirán en 1 día y las de menos de 30.000 € en 5 días.  ¿Será que el gobierno no recuerda el estrepitoso fracaso de hace unos años del invento de la SLNE (Sociedad Limitada Nueva Empresa) que ya preveía algo similar?

Añade posteriormente que en algunos casos no se pagará el famoso 1% de ITAPJD por operaciones societarias de constitución, sin especificar en que casos. Yo me pregunto porque no eliminan ya el IPTAJD por Operaciones societarias en TODOS los casos si lo que se trata es de facilitar la creación de nuevas empresas que suplan las que estan cerrando.

Pero no todo es criticable, hay un par de puntos que merecen nuestro apoyo, el primero de ellos es abrir la puerta a realizar las publicaciones societarias por otros medios que no sean los costosísimos anuncios en prensa y a su vez eliminar la necesidad de licencia municipales de actividades para algunos negocios (¿que dirán sobre esto los ayuntamientos?)

En conclusión y visto lo que hacen otros paises lo de "Spain is different" sigue siendo real.

Para consulta del texto completo del Anteproyecto: http://www.economiasostenible.gob.es/wp-content/uploads/2009/12/2_3_indice.pdf

divendres, 29 de gener del 2010

La Comisión Europea insta a España a ELIMINAR EL REQUISITO DEL REPRESENTANTE FISCAL para No Residentes Comunitarios

La Comisión Europea (CE) ha instado hoy a España a enmendar las normas de su legislación fiscal que obligan a las personas y entidades no residentes en el país a designar a un Representante Fiscal en territorio español, por considerar la norma desproporcionada y en contra del principio de libre circulación de mercancías y servicios. Esto lógicamente perjudica a las empresas.

España tiene 2 meses para contestar el dictamen y modificar sus leyes, en caso contrario la CE planteará un contencioso ante el Tribunal de Justicia de la UE.

Los europeos no residentes que cobran pensiones del INSS , así como los que reciben donaciones o herencias en España, también deben designar Representante Fiscal.

dijous, 28 de gener del 2010

EL EURIBOR SIGUE BAJANDO Y ALCANZA YA A MINIMOS HISTORICOS 1,22%




Buenas noticias para las empresas, según publica hoy el Banco de España el EURIBOR sigue bajando y alcanza su nivel mínimo histórico en 1,22% en su cotización del pasado día 26 de Enero. 

EL Indice de Confianza Empresarial se recupera a niveles de Agosto 2008







Según encuesta del Consejo Superior de Cámaras de Comercio a 6.400 empresas el nivel de confianza empresarial a pesar de seguir en negativo se recupera a niveles de hace 18 meses. Solo en el sector de la construcción aumenta el pesimismo.

Las conclusiones son que la debilidad de la demanda sigue siendo el mayor problema, pero que la falta de crédito disminuyó en el ultimo trimestre del año pasado. La mayoria de empresarios cree que su volumen de negocio se mantendrá estable durante el primer trimestre de 2010 y 8 de cada 10 preveen mantener la plantilla sin nuevos despidos.

Fuentes:  web Consejo Superior Cámaras de Comercio y ediciones digitales de los diarios El Periódico, La Razón y Cinco Días.

dimarts, 26 de gener del 2010

Nueva ola de quiebra de promotoras inmobiliarias se avecina



Según recogen hoy distintos medios de prensa, el presidente de la Asociación Hipotecaria Española (AHE), Santos González, afirmó ayer que buena parte de la deuda que tienen contraída las inmobiliarias con los bancos (unos 325.000 millones de euros) no podrá cobrarse nunca, por lo que no habrá más procesos de refinanciación.

La banca hasta ahora apoyaba a los promotores para que acabasen los edificios en marcha ya que no querían obras en construcción, pero ahora que ya estan finalizando la mayoría de obras prefieren quedarse el inmueble, vender directamente y dejar caer al promotor.

Para más información:


http://www.elperiodico.cat/default.asp?idpublicacio_PK=46&idioma=CAT&idnoticia_PK=681496&idseccio_PK=1009

dilluns, 25 de gener del 2010

SALON MIEMPRESA 9 y 10 de Marzo en Madrid.


Los próximos días 9 y 10 de Marzo en el palacio de congresos de Madrid se celebrará un encuentro diriguido especialmente a PYMES, Micropimes y Autónomos. Los patrocinadores son BBVA, ICO, REGUS y VODAFONE y cuenta con el apoyo de entidades como la Fundación Nexia de Empresa Familiar. Es gratuito.

Aumenta la creación de empresas desde el inicio de la crisis

Según publica el diaro El Mundo en su edición digital de hoy, la crisis empieza a dar, aunque leves, señales de recuperación. Por primera vez en dos años y medio, en noviembre de 2009 creció el número de empresas creadas. En concreto, esta cifra aumentó un 4,6%, hasta alcanzar las 6.947 nuevas sociedades mercantiles.


Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), el crecimiento de las sociedades mercantiles en noviembre del año pasado contrasta con la reducción interanual del 8,9% experimentada en octubre de 2009.

dimarts, 19 de gener del 2010

La renta per cápita cae a niveles previos a 2006 y su poder de compra, al de 2002


Para tener idea del alcance de esta crisis, baste tener en cuenta lo publicado hoy en la edición digital del Diario CINCO DIAS: la renta per cápita de los españoles cayó en 2009 por debajo de los 18.000 euros, un nivel intermedio entre las rentas registradas en 2005 y 2006, y si ha esto le añadimos la ligera subida del IPC el poder de compra del ciudadano medio ha vuelto a los niveles de 2002.

La renta per cápita de 2009 fue de unos 17.930 euros corrientes. Esta cantidad supone un descenso del 6,24% respecto a la renta por habitante de 2008, que ascendió a los 19.125 euros, segun estimaciones del propio periódico en base a los datos del INE ya publicados del 3er trimestre.

dijous, 14 de gener del 2010

INDEX DE PREUS AL CONSUM ANY 2009

S'ha publicat per part del Institut nacional d'estadística les variacions del IPC entre el mesos de desembre de 2008 a desembre del 2009, són de destacar en el nostre àmbit geogràfic:

Variació index Nacional (Espanya):0.8%
Variació index Autonòmic (Catalunya):1.2%

dijous, 5 de novembre del 2009

NOVEDADES EN EL PROCEDIMIENTO MONITORIOS Y SUBASTAS JUDICIALES


La ley que reforma la legislación procesal para implantar la nueva oficina judicial entrará en vigor en mayo. Así se establece en la disposición final tercera de la Ley 13/2009, publicada ayer en el BOE. La norma descarga a los jueces de funciones no jurisdiccionales y el cuerpo de secretarios judiciales asume más competencias.

Está previsto que las partes puedan recurrir las resoluciones del secretario judicial. Además, se extiende el sistema de grabación de las vistas, que ya existía en los juicios civiles, a los laborales, penales y contencioso-administrativos.

La ley también aumenta la cuantía de los créditos exigibles en los procedimiento monitorios de 30.000 a 150.000 euros. "Las estadísticas muestran que, en más del 50% de los procesos monitorios se evitaba acudir a un procedimiento declarativo contradictorio. La interposición de la demanda monitoria provocaba bien el pago inmediato y voluntario del deudor, bien la apertura de un procedimiento de ejecución ante la falta de oposición del demandado. Esto supondrá también una descarga de trabajo para los juzgados.

En cuanto a las subastas judiciales, éstas podrán efectuarse a través de internet. "Esto fomenta la participación, transparencia y publicidad de las subastas y es de prever que conduzca a la obtención de mejores precios. Con ello, se evitarán fundamentalmente las prácticas de colusión o pactos de subasteros para hacerse con los bienes a precios notoriamente por debajo de mercado.


dimecres, 14 d’octubre del 2009

Les caixes de Catalunya, Tarragona i Manresa inicien el procés de fusió


Segons publica avui el diari "El Periódico" els consells d’administració de les caixes de Catalunya i Tarragona –de fundació pública– i el de Manresa –de fundació privada– van acordar ahir donar via lliure al pla d’integració de les tres entitats, a partir dels acords previs alçats pels directors generals. El trànsit cap a una sola organització financera, que aproximadament es prolongarà fins al primer semestre del 2010, culminarà en la creació de la quarta caixa espanyola, amb actius pròxims als 81.500 milions d’euros.
En un comunicat conjunt remès per les tres caixes es va insistir ahir que es tractarà d’una nova caixa «amb una nova marca».
Caixa Catalunya cedeix protagonisme i s’intenta allunyar la idea que es tracta d’una absorció de les dues caixes més petites per la de més dimensions. L’entitat sol·licitarà recursos del Fons de Reestructuració Ordenada Bancària (FROB), però en aquests moments encara es desconeix quin volum de fons haurà d’aportar l’instrument creat pel Banc d’Espanya.

dimecres, 7 d’octubre del 2009

El Gobierno aprovecha la tramitación del proyecto de Ley de las SOCIMI para incorporar reformas fiscales



Otra notícia interesante del diario "Cinco Días" de la publicación de hoy.

Como nos tiene acostumbrado el gobierno, a final de año y con disimulo, nos vienen algunas reformas fiscales sustanciales en el proyecto de ley de las SOCIMI que se esta tramitando. Algunos ejemplos: rebaja del 16% de IVA al 7% en los alquileres con opción de compra (8% a partir de julio 2010), baja el porcentaje del 75% al 70% de participación entre empresas para que éstas puedan tributar como grupo consolidado, dejar de aplicar el art 108 LMV para las transmisiones de sociedades que tengan más del 50% de activos inmobiliarios si se trata de concesiones (parkings, autopistas, etc), los intereses entre socios-sociedad como operacion vinculada dejarán de tributar al tipo ordinario hasta el 43% en IRPF para tributar como rentas del capital (20% los primeros 6.000 € y el resto al 21%, tras ultima reforma), reforma del art. 80 LIVA sobre modificación de bases imponibles para permitir recuperar el IVA en las ventas a plazos, etc... En fin temas "de poco calado".

EL ICO AUMENTA DOS DE SUS LINEAS DE CREDITO AUNQUE ESTE SIGUE SIN LLEGAR A LAS EMPRESAS



Según publica hoy el diario "Cinco Dias " el ICO ha decidido ampliar la línea de crédito para "crecimiento empresarial" de 800 a 1.000 millones de euros. De la misma forma, se amplía su línea de "financiación a la internacionalización empresarial", dotándola con un máximo de 250 millones (estaba en 50 millones), ante la alta demanda.

No obstante esta estudiando utilizar canales de distribución alternativos a la banca para sus líneas de crédito ante la protesta de las asociaciones patronales.

Recordamos la web del ICO para el que este interesado en seguir este tema http://www.ico.es

dilluns, 5 d’octubre del 2009

CONSEJOS PARA PYMES EN TIEMPOS DE CRISIS


En el Boletín semanal de la AEC aparecen una serie de consejos que creo vale la pena difundir para mejora de la cultura empresarial, os hago un resumen:


¿Cómo reducir gastos?
-Procure disminuir proporcionalmente sus costos fijos respecto del total . Ej. Puede reducir sus instalaciones.; vigilancia, gastos de mantenimiento, gastos de administración….


-Racionalice el consumo en servicios públicos : Teléfono fijo, celular, energía eléctrica, agua…. Elimine lo que no sea necesario. Ej. Instalar bombillas ahorradoras, ahorradores de agua en los baños, etc.
- Sus gastos de administración no deben superar el 5% de sus ingresos operacionales.
-Disminuir los consumos “suntuarios” empresariales. Evalúe el impacto y rentabilidad de los denominados “gastos de representación”.
-Reutilizar materias primas. Se pueden generar subproductos dentro de sus procesos?
-Si no se tiene, debe fijar estándares en el uso de recursos (materias primas, mano de obra, espacios, gastos generales).
-Mejore - eficiencia y efectividad - en los proceso de producción, administración, ventas, servicios administrativos, contables/financieros.
Revalúe cada empleo, en especial los que no generen valor agregado; contrate aquellas actividades no misionales.
-Eliminar actividades innecesarias: Fusionar departamentos / cargos. Concentrar funciones y/o actividades. Analizar las cargas de trabajo. Tercerizar las áreas que sean susceptibles: Financiera? administración de personal/nómina? sistemas? servicios generales? Mantenimiento? Transporte?
-Elimine las bodegas de materias primas. Implemente sistemas de justo a tiempo.
-Mejore la gestión de compras . Suscriba contratos para tercerizar el suministro de materias primas.
-Motive y fomente para que sus empleados realicen revisiones y propuestas para generar ahorros.


¿Cómo generar más ingresos?
La fácil: ¿Ya ha implementado promociones de sus productos / servicios?
¿Para qué otras cosas se pueden utilizar sus productos o servicios? ¿Ha pensado en los usos alternativos? ¿Cómo se puede aumentar el consumo?.
Revise sus planes de ventas; redoble la efectividad de su fuerza de ventas.
-Haga que todos sus empleados, socios, relacionados, clientes sean vendedores.
-Visite o comuníquese personalmente con los clientes, entérese de su situación; genere sinergias con ellos.
-Aproveche los medios electrónicos –internet, centros de información públicos o privados, bases de datos públicas, correo electrónico, fax- para hacer “inteligencia de mercados”. A veces se está en el “lugar equivocado”.
-Utilice los actuales medios gratuitos de publicidad electrónica, para promover sus productos: Redes sociales, blogs, hosting gratuitos…
-Analice la posibilidad de venderle al sector público .

-¿Hay posibilidad de abrir mercados o aumentar sus ventas en el exterior?
Asista a eventos gratuitos como ferias, ruedas de negocios, muestras empresariales.
-Venda, remate los bienes inservibles u obsoletos. Ej: muebles, enseres, maquinaria, desperdicios de materia prima, imperfectos.
-Verifique la razón o razones por las cuáles está perdiendo clientes. ¿Qué puede hacer?
Sabe por qué tiene “no clientes”, es decir por qué otros consumidores no le compran sus productos o servicios. ¿Cuál es su océano azul?.
Explorar / Desarrollar actividades productivas alternas pero dentro de la esfera de su negocio. Ej: Uso alterno y/o alquiler de la maquinaria o equipo. Tercerización y/o maquila para otras empresas.


Adicionalmente...
-Mantenga informados a sus empleados a cerca de la situación de crisis.
-Estimule a sus empleados. Hágalos sentir que salir de la crisis también depende de ellos.
-Cuando se vea obligado a despedir a las personas indíqueles que no es nada personal; hágales sentir que en caso de mejorar la situación los tendrá en cuenta nuevamente, resalte sus competencias y habilidades.
-Concéntrese en las oportunidades, NO en los problemas.
-Si tiene deudas puede buscar refinanciación y/o reestructuración; buscar recursos frescos, bajar las tasas de interés, reducir sus pagos periódicos.
-Si hay recursos (financieros, humanos, técnicos…) ociosos procure asignarlos de manera óptima y al menor riesgo posible.
-Aproveche el bajo nivel de actividad para repensar su “negocio” . Revise la misión, la visión, los objetivos, las estrategias.
-Promueva y mantenga el aseo, el orden, el buen trato y la ética en la empresa, en todo sentido y áreas.
No olvide que siempre habrá tiempos mejores.
No se queje …. Cuide su propia salud física y mental, y la de su equipo de trabajo. A pesar de lo difícil de la situación: conserve el buen humor.

divendres, 18 de setembre del 2009

APARECE EINES TIC: UN PROGRAMARIO LIBRE DE LA GENERALITAT PARA PYMES Y AUTONOMOS


L’EinesTIC és una acció que s’emmarca dins el pla PIMESTIC per oferir un conjunt d’eines informàtiques per cobrir les necessitats bàsiques informàtiques dels treballadors autònoms i les petites empreses i facilitar d’aquesta manera la introducció de les tecnologies de la informació i les comunicacions (les TIC) en la gestió d’aquests negocis.

Gestor de correu.
- ERP (gestió financera i comercial).
- Aplicació de punt de venda (TPV).
- OpenOffice (funcionalitats d’ofimàtica).
- Generació de models d’Hisenda.
- Programa de retoc fotogràfic.
- Navegador web.
- Creació de fitxers PDF.

Hi ha un Curs Gratuit al CTUG el 20-10-2009, per més info http://www.ctug.cat/training_detail?idtraining=1000931

dimecres, 16 de setembre del 2009

ENTRADA EN VIGOR DEL PROCEDIMIENTO "MONITORIO EUROPEO" TRANSFRONTERIZO PARA DEUDAS INFERIORES A 2000 €


Reglamento (CE) n º 861/2007 Del Parlamento Europeo y del Consejo de julio 11 de 2007, se establece un asentamiento de europeos en las controversias de menor importancia.

RESUMEN
Establecido por el presente Reglamento, el procedimiento europeo de escasa cuantía destinada a mejorar el acceso a la justicia mediante la simplificación de los procedimientos de solución de litigios transfronterizos en materia civil y comercial y reducir sus costos. El importe de la reclamación no exceda de 2000 euros en el momento de la recepción de la solicitud por el órgano jurisdiccional competente, con exclusión de intereses, gastos y desembolsos. La decisión en ese procedimiento es reconocida y ejecutada en otros Estados miembros sin tener que hacer una declaración de ejecutoriedad. El procedimiento es opcional y, además de las oportunidades previstas por la legislación de los Estados miembros. Se aplica desde el 1 de enero de 2009 en todos los Estados miembros de la Unión Europea, excepto Dinamarca.

LA UE PROPONE UNA NUEVA NORMATIVA SOBRE LA MOROSIDAD DE LAS EMPRESAS (Propuesta Directiva Abril 2009)



¿Cuál es el problema de partida?• Las empresas y los poderes públicos no suelen pagar los bienes y los servicios de inmediato, sino en la fecha indicada en el contrato o la factura. Sin embargo, muchos pagos se realizan más tarde de lo acordado.
• Estos retrasos pueden provocar incertidumbre y problemas financieros a los proveedores, en especial si son pequeñas empresas.
• La normativa europea permite que las empresas exijan intereses cuando hay retrasos en el pago (excepto en los pagos de los consumidores).
• Muchas empresas consideran que esta normativa es insuficiente y, por eso, la Comisión propone una serie de cambios.

¿Qué va a cambiar?• Los poderes públicos tendrán que pagar en 30 días o bien abonar una indemnización fija del 5% del importe pagadero más intereses.
• La empresas podrán reclamar los intereses de demora y el reembolso de los costes de cobro.
• Se podrán reclamar intereses por pequeña que sea la cantidad (ya no se permitirá excluir las reclamaciones de intereses de menos de 5 euros).
El resto de la normativa europea contra la morosidad no cambia.
La nueva normativa es opcional para las empresas, que no están obligadas a aplicarla. Si lo desean, pueden alargar los plazos de pago en beneficio de sus clientes.
¿Cuándo podría entrar en vigor la propuesta?2010.

dimarts, 15 de setembre del 2009

La Agencia Tributaria avisa de un intento de fraude a través de Internet




La Agencia Tributaria ha advertido hoy de un intento de fraude a través de Internet, que hace referencia a un reembolso de impuestos "inexistente". Según ha informado, se trata de un envío de comunicaciones por correo electrónico que, supuestamente, está remitido por la dirección 'información.fiscal@meh.es' y que firma un simulado agente de la inexistente 'Oficina de Crédito de Impuestos'.


En el correo se indica que, para poder disponer del dinero, hay que acceder a una dirección web en la que se deben aportar datos de las tarjetas bancarias.

La Agencia Tributaria ha tomado las medidas necesarias para perseguir este intento de fraude y recuerda que la mejor medida es la prevención de los usuarios ante comunicaciones sospechosas que incluyan la petición de datos bancarios.

La Agencia Tributaria "nunca solicita información confidencial, ni números de cuenta, ni números de tarjeta de los contribuyentes, por correo electrónico".


(Publicado el 09-09-2009 , por Expansión.com)

dimecres, 2 de setembre del 2009

RECOMENACIONS A LES EMPRESES PER A LA PLANIFICACIÓ DE LES MESURES D’EMERGÈNCIA EN CAS DE PANDÈMIA DE GRIP.

El Departament de treball de la Generalitat de Catalunya ha publicat a la seva pàgina web les recomanacions bàsiques a seguir en cas de pandèmia de la Grip A (H1N1).

Enllaç al document:

http://www20.gencat.cat/docs/treball/09%20-%20Seguretat%20i%20salut%20laboral/Documents/Campanyes/Arxius/Pandemia.pdf

La Llei de Prevenció de Riscos Laborals obliga a les empreses a protegir la salut del seus treballadors de qualsevol Risc. Tenint en compte aquest aspecte la empresa ha d’elaborar un Pla d’actuació per a qualsevol emergència en el que s’identifiquin les mesures que permetin protegir els treballadors que per la seva especial vulnerabilitat (segons criteri de l’autoritat sanitària, per exem. Treballadores embararasades) i que puguin veure`s exposats al risc de contagi.

Cal per tant contactar amb el Serveis de prevenció de Riscos laborals (propis o aliens) per tal de determinar les mesures a adoptar respecte d’aquestes persones.

Així mateix El Ministeri de Sanitat i Política Social, junt amb el Ministeri de Treball i Immigració, ha publicat una guia per a l'elaboració del pla d'actuació de les empreses o centres de treball davant emergències, amb recomanacions específiques per afrontar la pandèmia de grip provocada pel virus A (H1N1).

Enllaç al document:

http://www.msc.es/servCiudadanos/alertas/pdf/guiaPlanActuacionEmpresas.pdf

Es tracta d'una eina d'ajuda perquè les empreses o els centres de treball desenvolupin els seus propis plans d'actuació, i que conté informació consensuada amb els agents socials, de comú acord amb les recomanacions de l'OMS.

dimarts, 21 de juliol del 2009

LA AEAT ALERTA DE EMAILS QUE USAN SU NOMBRE DE MANERA FRAUDULENTA


El Ministerio de Economía y Hacienda advirtió este martes de que ha detectado un importante envío de comunicaciones por correo electrónico en el que se utiliza fraudulentamente su nombre y su imagen.
Fuente: http://www.europapress.es Fecha: 15.07.2009

En dichos correos se hace referencia a un reembolso de impuestos inexistente en la que el receptor del e-mail sale supuestamente beneficiado. Para poder disponer del dinero, el receptor del mensaje debe aportar datos de cuentas bancarias y de tarjetas de crédito.

El Departamento dirigido por Elena Salgado destacó en un comunicado que, a través de la Agencia Tributaria, ha tomado las medidas necesarias para perseguir este intento de fraude.

No obstante, el Ministerio recordó que la mejor medida es la prevención por parte de los usuarios ante comunicaciones sospechosas que incluyan la petición de datos bancarios.

En este sentido, recuerdan que ni el Ministerio de Economía ni la Agencia Tributaria solicitan a los contribuyentes información confidencial, como números de cuenta o números de tarjeta de crédito, por correo electrónico.

dijous, 16 de juliol del 2009

400 millones más para el Plan Avanza 2.


Préstamo TIC

El préstamo TIC tiene como objetivo financiar a las pequeñas y medianas empresas la inversión en equipos informáticos (hardware y software), aplicaciones y servicios para acceso a Internet de banda ancha, presencia en Internet, incorporación de las TIC a procesos empresariales y comercio y facturación electrónicos. El importe de los préstamos puede llegar a 200.000 euros, con tipo de interés cero y un plazo de devolución de 36 meses, con posibilidad de tres de carencia. Para más información: www.mityc.es/dgdsi y www.planavanza.es y en los teléfonos 901 200 901 (atención telefónica del Ministerio de Industria) y 900 121 121 (atención telefónica del ICO).

dimarts, 14 de juliol del 2009

Se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 18.000 euros.


Tal y como establece la Orden Ministerial de 23 de junio os adjunto el artículo 2 que establece la exención de garantías para deudas inferiores a 18.000 € y que supone un pequeño puente para atravesar esta larga crisis:

"Art. 2.- No se exigirán garantías para las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas a que se refiere el artículo anterior de la presente Orden, cuando su importe en conjunto no exceda de 18.000 euros y se encuentren tanto en período voluntario como en período ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.
A efectos de la determinación de la cuantía señalada se acumularán en el momento de la solicitud, tanto las deudas a que se refiere la propia solicitud como cualesquiera otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
Las deudas acumulables serán aquellas que consten en las bases de datos del órgano de recaudación competente, sin que sea precisa la consulta a los demás órganos u organismos comprendidos en el ámbito de aplicación de esta Orden a efectos de determinar el conjunto de las mismas. No obstante, los órganos competentes de recaudación computarán aquellas otras deudas acumulables que, no constando en sus bases de datos, les hayan sido comunicadas por otros órganos u organismos."

dimarts, 7 de juliol del 2009

Apoyo del Congreso a la Reducción de Plazos de la Ley de Morosidad y ampliación de Proceso Monitorio



El portavoz económico de CiU, Josep Sánchez Llibre, se apuntó ayer un buen tanto en el Congreso al conseguir el apoyo de todos los grupos parlamentarios a la toma en consideración de la proposición de ley que permitirá reducir la morosidad estrechando los plazos de pago en las empresas y en las administraciones públicas.

Entre las empresas se fijará en 60 días, y entre éstas y las administraciones públicas en un máximo de 30 días en 2011. Además, la proposición de ley modifica la cuantía máxima que permite reclamar judicialmente una deuda por el procedimiento monitorio. Pasará de 30.000 a 150.000 euros. La iniciativa articula también un nuevo procedimiento judicial que permitirá a las empresas reclamar de forma ágil a las administraciones públicas el pago de sus obligaciones.

CiU aspira a eliminar la posibilidad de que, mediante pacto expreso, se retrase el pago sin devengar intereses por demora en los pagos. La reforma prevé la imposición de un mínimo de interés de demora en caso de retraso de pago, que equivaldrá al interés legal del dinero más el 50%.

El trámite será similar al de un proyecto de ley y el grueso de las modificaciones se conocerán el próximo otoño.

Fuente: Edición Digital "Cinco Días" 24-06-2009

Industria garantiza el pago de la primera exportación de una pyme hasta 100.000 €










03/07/2009
La secretaria de Estado de Comercio del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, Silvia Iranzo, y el presidente de la Generalitat de Cataluña, José Montilla, acompañados por el vicepresidente ejecutivo del ICEX, Ángel Martín Acebes, han inaugurado la Jornada “Aprendiendo a Exportar” que se ha celebrado en la Fira de Cornellá de Llobregat
Esta Jornada forma parte del programa “Aprendiendo a Exportar”, cuyo principal objetivo es sensibilizar a las PYMES sobre la necesidad de salir al exterior para crecer y ser más competitivas. Para ello se expone paso a paso todo lo que una PYME debe hacer para salir al exterior con garantías, al mínimo coste y con la seguridad de que cobrarán su primera operación de exportación.

Más de 11.300 PYMES españolas han pasado ya por el programa “Aprendiendo a Exportar” en los últimos dos años y unas 1.200 se han convertido en exportadores regulares gracias al diagnóstico realizado para su caso concreto y al asesoramiento posterior recibido.

En el desarrollo de "Aprendiendo a Exportar" el ICEX ha diseñado varios servicios y productos específicos como la línea "Aprendiendo a Exportar ICEX-ICO" que financia todos los gastos necesarios hasta 100.000 euros por empresa para iniciarse en el exterior en condiciones preferenciales.

Esta línea de financiación se completa con otro producto puesto en marcha dentro del programa “Aprendiendo a Exportar” en colaboración con Banesto y con CESCE: una línea de aseguramiento de cobro de las exportaciones hasta un máximo de 100.000 euros que realicen las empresas que participen en el programa durante el primer año y con un coste mínimo para la empresa.

Potencial de crecimiento del sector exterior

Según el Gobierno, todavía existe un gran potencial de crecimiento del sector exterior y muestra de ello es la excesiva concentración geográfica de las exportaciones españolas, de las que casi tres cuartas partes tuvieron como destino países europeos en 2008. Además, de los más de 3,8 millones de empresas existentes en España, sólo 40.000 exportan de manera regular, mientras que el total de exportaciones, cerca del 25% las realizan 25 empresas.

dimarts, 9 de juny del 2009

Calendari oficial de festes laborals per a l’any 2010 a Catalunya

S’ha publicat al DOGC núm. 5392, de 3 de juny de 2009 el Calendari oficial de festes laborals per a l’any 2010.

Les festes laborals a Catalunya durant l'any 2010 seran les següents:


1 de gener (Cap d'Any)
6 de gener (Reis)
2 d'abril (Divendres Sant)
5 d'abril (Dilluns de Pasqua Florida)
1 de maig (Festa del Treball)
24 de juny (Sant Joan)
11 de setembre (Diada Nacional de Catalunya)
12 d'octubre (Festa Nacional d'Espanya)
1 de novembre (Tots Sants)
6 de desembre (Dia de la Constitució)
8 de desembre (la Immaculada)
25 de desembre (Nadal).

D'acord amb el que estableixen el Decret 152/1997, de 25 de juny, i el Decret 146/1998, de 23 de juny, pels quals es modifica el Decret 177/1980, de 3 d'octubre, sobre el calendari de festes fixes i suplents al territori d’Era Val d'Aran, la festa del dia 5 d'abril (Dilluns de Pasqua Florida) queda substituïda per la del 17 de juny, com a Festa d'Aran.

A més de les festes esmentades es fixaran, dues festes locals, retribuïdes i no recuperables, a proposta dels ajuntaments.

De conformitat amb el Decret 319/1993, de 28 de desembre (DOGC de 3.1.1994), i en relació amb el que disposa l'article 48.7 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener, el calendari laboral anual tindrà efectes com a calendari de dies inhàbils pel que fa al còmput de terminis administratius a Catalunya.

Podeu consultar el calendari a l’adreça següent del DOGC: http://www.gencat.cat/eadop/imatges/5392/09127041.pdf

dimecres, 3 de juny del 2009

MODIFICACIÓ DE L'ACORD DEL SECTOR DEL METALL

El passat 28 de maig varem recordar l’obligació de l’acreditació de la formació en prevenció de riscos laborals per a les activitats i sectors del metall que treballen en obres de construcció a partir de l’1 de juliol d’enguany.

Mitjançant la present, els hi volem fer saber que, el 29 de maig, es va publicar en el Butlletí Oficial de l’Estat Resolució de 12 de maig de 2009, de la Direcció General de Treball, per la que es registra i publica la modificació de l’Acord Estatal del Sector del Metall, que varia alguns punts del contingut de l’esmentada circular.

Així doncs, ens trobem que han rectificat les següents dades:
  • L’obligació de l’acreditació de la formació es trasllada a data 1 de gener de 2010.

  • S’elimina de la relació d’empreses afectades aquelles que la seva activitat econòmica sigui la d’altres serveis personals n.c.o.p. (CNAE: 9509).

  • Y, s’inclou en la relació d’empreses afectades per aquesta acreditació de la formació aquelles que la seva activitat econòmica siguin els serveis tècnics d’enginyeria i altres activitats relacionades amb l’assessorament tècnic (CNAE: 7112).