El departamento de recaudación de la
Agencia Tributaria ha emitido la
instrucción 6/2013 que clarifica la gestión de aplazamientos y fraccionamientos
de pago de retenciones e ingresos a cuenta y de deudores en situación de
concurso de acreedores.
Dicha instrucción fija la inadmisión con carácter
general, de las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento de retenciones e
ingresos a cuenta. Esta inadmisión será motivada y permitirá la presentación de
recurso de reposición o reclamación económico –administrativa.
Solo
con carácter excepcional se prevé la posibilidad de concesión del aplazamiento
cuando de la solicitud y de la documentación
aportada, debidamente acreditada con la
base de datos de la AEAT quede acreditado, que la ejecución de
su patrimonio pudiera:
·
afectar sustancialmente al mantenimiento de la
capacidad productiva y el nivel de empleo de la actividad económica respectiva
o,
·
producir grave quebranto para los intereses de la
Hacienda Pública.
Debe acreditarse en el momento de presentar
la solicitud.
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